Bogotá,
16 de may de 2023
Ayer se publicó el texto de la ponencia que se radicara para primer debate en la Comisión Séptima de Cámara de Representantes sobre la Reforma Laboral, proyecto de Ley 367 de 2023 “Por medio del cual se adopta una reforma laboral para el trabajo digno y decente en Colombia y se modifican parcialmente el Código Sustantivo del Trabajo, Ley 50 de 1990, Ley 789 de 2002 y otras normas laborales”
ACOPI, en calidad de integrante de la Comisión Nacional de Concertación de Políticas Laborales y Salariales, participó en las mesas técnicas de análisis de la reforma, en la cual se acogieron algunas de nuestras propuestas, como son: la inclusión del preaviso de renuncia por parte del trabajador, la continuidad de los instrumentos de política pública para la generación de empleo juvenil, femenino y para personas en condición de discapacidad, la realización del Día de la Familia por parte de las Cajas de Compensación, el incremento salarial de acuerdo al IPC para los trabajadores que ganen hasta dos SMMLV, la posibilidad de concertar entre trabajador y empleador una jornada flexible de personas con responsabilidades familiares, que en el caso de la mujer en estado de embarazo la protección de la estabilidad laboral cobijara al cónyuge, pareja o compañero/a permanente si ella no tiene un empleo formal, y es su beneficiaria en el sistema de seguridad social en salud.
Una vez presentada la reforma, continuamos trabajando estrechamente con el Ministerio de Trabajo en las mesas técnicas para mejorar el articulado y minimizar el impacto en las micro, pequeñas y medianas empresas. En este sentido, nos complace informarles que en el texto de la ponencia se siguen incluyendo propuestas que presentamos, como los cambios en las modalidades de contrato para eliminar la naturaleza temporal del contrato a término indefinido. Además, se amplía el término del contrato a término fijo a tres años. Respecto a las indemnizaciones, hemos propuesto que los montos no se incrementen, y nos complace ver que en el texto se reducen. En lugar de los 45 días que estaban estipulados inicialmente, se establece que se pagarán 15 días adicionales sobre los primeros 45 días del primer año para los trabajadores con entre 1 y 5 años de servicio, y 30 días adicionales para aquellos con entre 5 y 10 años de servicio. En cuanto a la remuneración del trabajo en días de descanso, se ha acogido nuestra propuesta de establecer una gradualidad, de manera que a partir de julio de 2024 se incrementará el recargo en un 80%, a partir de julio de 2025 en un 90% y a partir de julio de 2026 en un 100%. En materia de derecho colectivo, se han establecido factores como el número de trabajadores vinculados, el capital, las utilidades del último año, u otros que justifiquen la exención de una MiPyme de la aplicación del acuerdo sectorial en la negociación por rama.
Continuaremos trabajando en las mesas técnicas con el Ministerio de Trabajo y con los congresistas para lograr convertir en realidad el resto de propuestas diferenciales que hemos identificado como necesarias. Nuestro objetivo es lograr una reforma laboral equilibrada y justa que promueva el crecimiento y desarrollo de todas las partes involucradas.