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Contraloría General profirió fallo con responsabilidad fiscal por $222.030 millones 

Bogotá,

25 de nov de 2022

Continúa la buena labor de la Contraloría General de la República de la república de Colombia, ya que profirió fallo con responsabilidad fiscal en cuantía indexada de $222.030 millones, en forma solidaria y título de culpa grave, en contra de la ex secretaria de Hacienda de Boyacá, Elina Ulloa Sáenz, la Fundación Obras y Servicios Sociales de Colombia “S.O.S.” y la exjefe de la Oficina Asesora  de la Secretaría Departamental de Educación, Eddye Yarik Reyes.





Esto debido a irregularidades en la celebración y ejecución del contrato 1061 de 2016, suscrito entre el Departamento de Boyacá y el contratista mencionado, cuyo objeto era la prestación de servicios educativos para adultos y jóvenes en extraedad (educación por ciclos). 

 

El contrato referido se financió con recursos del Sistema General de Participaciones y la CGR verificó que en su ejecución se pagó un mayor valor en exceso por un total de $104.645 millones, de los cuales $103.454 millones son por concepto de reconocimiento a estudiantes diferentes a lo contratado y $1.200 millones por faltantes de la canasta educativa. 

 

Dicho daño patrimonial se elevó a $222.030 millones, al ser indexado: 


A este proceso de responsabilidad fiscal habían sido vinculados inicialmente el exgobernador de Boyacá Carlos Andrés Amaya y su secretario de Educación, Jorge Ferney Cubides, y en la imputación se ordenó el archivo correspondiente y se levantaron las medidas cautelares que se les había impuesto. 

 

Responsables Fiscales:

 

El fallo con responsabilidad fiscal de la CGR, por un total de $222.030.099, cobija a: 

 

• Elina Ulloa Saenz, en su condición de secretaria de Hacienda del Departamento de Boyacá.  

• Fundación Obras y Servicios Sociales de Colombia 'S.O.S'., en calidad de contratista ejecutor del Contrato No. 1061 de 2016.  

• Eddye Yarik Reues Grisales, en su condición de jefe Oficina Asesora de la Secretaría de Educación del Departamento y Supervisora del Contrato No. 1061 de 2016.  

  Como Tercero Civilmente Responsable se declaró a la compañía de seguros La Previsora S.A. 

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